El Real Decreto 1036/2017, que entró en vigor para regular la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto, sentó las bases normativas en España de acuerdo con el estado tecnológico de la época. No obstante, con la evolución de la normativa europea y los reglamentos asociados, se hace imperativo revisar y adaptar la regulación nacional en lo relativo a los Sistemas de Aeronaves no Tripuladas (UAS, por sus siglas en inglés).
El futuro Real Decreto UAS se concibe como un complemento a los reglamentos emanados de la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA), y tiene como objetivo principal establecer un marco legal sólido para las aeronaves no tripuladas y las actividades civiles asociadas.
Uno de los cambios clave, bajo la jurisdicción del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, es la designación de la autoridad competente para proporcionar, en un formato digital común y único, información sobre las zonas geográficas de UAS identificadas en el espacio aéreo y territorio español, lo cual probablemente recaerá en Enaire. Asimismo, la autoridad pública encargada de actividades o servicios no regulados por la EASA tendrá la responsabilidad de autorizar la realización de operaciones de UAS bajo su supervisión.
Entre los cambios y ajustes que se esperan, se pueden mencionar los siguientes:
- Designación de autoridades competentes encargadas de gestionar la información relativa a las zonas geográficas identificadas para el uso de UAS en territorio español.
- Autorización de operaciones de UAS por parte de autoridades públicas que no están bajo la jurisdicción de la EASA.
- Cooperación entre las Fuerzas de Seguridad y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) para supervisar las operaciones en la categoría abierta.
- Exenciones de requisitos para ciertas operaciones destinadas a la seguridad pública.
- Dispensa de la obligación de contar con un seguro para aeronaves con un peso inferior a 250 gramos.
- Incorporación de entidades especializadas en la formación de pilotos de UAS, con requisitos específicos de certificación y aprobación por parte de AESA.
- Establecimiento de zonas geográficas específicas para la operación de UAS, así como requisitos particulares para operaciones en entornos urbanos y cerca de concentraciones de personas.
- Modificación de las restricciones de vuelo en las cercanías de aeródromos y helipuertos, con la definición de alturas máximas permitidas y áreas restringidas.
- Estandarización y flexibilización de las operaciones, con disposiciones adicionales para situaciones específicas que requieran medidas adicionales de seguridad.
Se espera que la implementación de este nuevo Real Decreto UAS, en conjunto con los reglamentos europeos correspondientes, simplifique y mejore la regulación de los sistemas de aeronaves no tripuladas, fomentando así su uso seguro y eficiente en diversos ámbitos civiles. La entrada en vigor de estas disposiciones está prevista para el primer semestre del año 2024.