DJI Agriculture presentó en Agrishow 2026, celebrado en Ribeirão Preto (Brasil), su quinto informe anual sobre la industria de drones agrícolas. El documento certifica que la tecnología ha dejado de ser una herramienta experimental para convertirse en equipamiento estándar en el campo. Sin embargo, ese despliegue masivo de hardware convive con una realidad más compleja en su aplicación práctica: fumigar con fitosanitarios mediante drones sigue estando restringido, prohibido por defecto o sujeto a autorizaciones específicas en buena parte del mundo, aunque por motivos que varían según la región.
UNA INDUSTRIA QUE YA NO ES MINORITARIA
Según los datos recogidos en el informe, a cierre de 2025 operaban en el mundo más de 600.000 drones agrícolas de DJI, gestionados por más de 600.000 pilotos formados. La compañía sostiene que esta adopción ha permitido ahorrar 410 millones de toneladas de agua, una cifra que la propia empresa equipara al consumo anual de agua potable de 740 millones de personas, y reducir en 51 millones de toneladas las emisiones de carbono, equivalentes según su cálculo a la capacidad de absorción de 240 millones de árboles.
600.000+
DRONES AGRÍCOLAS DJI OPERATIVOS EN MÁS DE 100 PAÍSES
Para sostener ese crecimiento, DJI Agriculture afirma disponer de una red de 3.500 centros de servicio y reparación repartidos por el mundo, además de más de 7.000 instructores certificados dedicados a la formación de operadores.
Reducción de herbicidas con pulverización localizada
Hasta un 35% menos de uso de herbicidas frente a métodos convencionales, según los datos del informe.
CASOS DE USO CONCRETOS EN ESPAÑA
En España, la adopción se concentra en los usos que sí son legales bajo la normativa vigente: la fertilización de precisión y la monitorización de cultivos. Según ensayos realizados en 2025, el ajuste del caudal en tiempo real conforme al vigor del cultivo ha permitido un ahorro medio del 15% en el uso de urea en cereal de secano.
150.000+
Operadores de dron registrados en España (AESA)
+26%
Crecimiento interanual (+30% en Extremadura)
La aplicación de fitosanitarios mediante drones, en cambio, sigue prohibida con carácter general en España, tal y como recuerdan asociaciones agrarias como ASAJA: cualquier tratamiento excepcional requiere un Plan de Aplicación conforme al Real Decreto 1311/2012, el registro del dron en el REGANIP y una inspección técnica ITEAF en vigor.
"Equiparar el tratamiento con dron a los tratamientos terrestres y sacarlo de la categoría de aplicación aérea": ese es el objetivo declarado del Grupo Operativo PhytoDron, que ha realizado ensayos de deriva en olivar superintensivo, viñedo y plantaciones de pino.
Universidad de Sevilla, con financiación FEADER
UN MOSAICO REGULATORIO: CADA REGIÓN FRENA POR MOTIVOS DISTINTOS
En la Unión Europea, la aplicación aérea de fitosanitarios está prohibida por defecto desde 2009, en virtud del artículo 9 de la Directiva 2009/128/CE, que considera a los drones legalmente equivalentes a una avioneta fumigadora. Los Estados miembro solo pueden conceder excepciones caso por caso, y de forma muy restringida.
En Estados Unidos, el freno no viene de una directiva medioambiental, sino de una revisión de seguridad nacional que nunca llegó a completarse. La Ley de Autorización de Defensa Nacional (NDAA) de 2025 exigía una revisión formal de DJI antes del 23 de diciembre de 2025; si no se completaba, la propia ley preveía la inclusión automática de la compañía en la Covered List de la FCC. Ninguna agencia hizo la revisión, así que el veto se activó por defecto, y la FCC no se limitó a DJI: incluyó a todos los drones de fabricación extranjera y sus componentes críticos.
COSTE ADICIONAL: los drones de fabricación china enfrentan un arancel del 25% (Sección 301) más un recargo del 10% (Sección 122) que expira el 24 de julio de 2026, mientras que fabricantes estadounidenses como Hylio o Ceres Air no afrontan ninguno de estos costes. Los modelos ya homologados por la FCC antes del veto, como el propio DJI Agras T55, siguen pudiendo venderse y operar con normalidad.
Frente a este doble frente de fricción, Brasil y Canadá se mueven en la dirección contraria:
Prohibición general vigente. Reforma en trámite (Omnibus COM(2025) 1021), sin entrar en vigor antes de finales de 2026 o principios de 2027. Italia, con ley aprobada, sigue sin decreto de desarrollo.
Veto a la homologación de nuevos modelos por la Covered List de la FCC. Los equipos ya autorizados siguen operativos.
La ANAC introduce "escenarios estándar" para simplificar las operaciones agrícolas recurrentes con drones.
Transport Canada flexibiliza sus reglas para la pulverización, el mapeo y el monitoreo agrícola con drones.
Esta situación genera una paradoja compartida: en Europa, los drones agrícolas quedan atrapados en una norma pensada para minimizar la deriva química de la fumigación aérea tradicional; en Estados Unidos, en un marco pensado para riesgos de seguridad ajenos a la agricultura. El resultado, en ambos casos, es un acceso más limitado, costes más altos o incertidumbre normativa para los agricultores.
IMPACTO SECTORIAL: UNA INDUSTRIA QUE YA NO ESPERA A LA REGULACIÓN
Los datos del informe dejan un patrón claro: el despliegue de hardware va por delante del marco legal que permitiría explotarlo al máximo. DJI ya cuenta con 600.000 unidades operativas, una red de 3.500 centros de servicio y más de 7.000 instructores certificados, una infraestructura pensada para un mercado que, en la práctica, solo puede operar sin restricciones en Brasil y Canadá.
Los próximos meses marcarán si ese desfase se acorta o se alarga: la reforma europea del Omnibus todavía tiene que completar su recorrido legislativo, Italia sigue con su decreto de desarrollo bloqueado, y en Estados Unidos el recargo arancelario del 10% expira el 24 de julio de 2026, aunque el veto de la FCC a nuevos modelos seguirá vigente. Hasta que esas piezas encajen, la industria seguirá creciendo por el lado que la ley le permite, y esperando en el resto.
